Entrevista al Grupo de trabajo de Compliance Officer en el sector financiero Jesús Pindado, coordinador “Estamos preparados para trabajar en entornos complejos”

Desde su creación como asociación, ASCOM puso en marcha siete líneas de trabajo relacionadas con la función de compliance, vertebradas en otros tantos grupos de trabajo. Así, se han impulsado grupos del sector financiero, distribución, farmacéutico, o en ámbitos temáticos como la prevención del blanqueo de capitales y más recientemente sobre diversidad.

Una de las primeras iniciativas, fue arrancar un grupo de trabajo sobre compliance y el sector financiero. Para algunos expertos, antes de que se desarrollase la función de compliance en la mayoría de las empresas como consecuencia de la reforma del Código Penal, ya existía en el sector financiero.

Hay que darse cuenta  que hablamos de uno de los sectores de la economía más regulados, y que además, se encuentra su actividad sujeta a la revisión continua por los diferentes organismos supervisores.  Ser responsable de compliance en el sector financiero es un aval para desarrollar  esta función  en otros sectores. Jesús Pindado, tesorero de ASCOM y compliance officer nos explica cómo funciona este grupo de trabajo.

El origen de este grupo de trabajo está en la necesidad de ofrecer desde ASCOM un punto de encuentro para los socios que trabajan en entidades financieras, que permita compartir con otros compañeros como enfrentarse a los problemas que les surge en el día a día de su trabajo.  En grupo de trabajo, se estudian elementos fundamentales como la nueva regulación, la organización de la función, …  y se tiene como objetivo, elaborar documentos para compartir con el resto de profesionales de compliance sus conclusiones.

No podemos olvidarnos, que el sector financiero ha sido uno de los orígenes de la función de compliance. Las entidades financieras, junto con las farmacéuticas, fueron las primeras empresas que crearon en España departamentos de compliance. Los primeros departamentos de compliance se crearon fundamentalmente en las entidades anglosajonas que operaban en España, e implantaron una función que ya existía en sus casas matrices. Para este experto, los profesionales de compliance en entidades financieras son una referencia dentro del ámbito de compliance.

Pindado recuerda que el sector financiero tiene su propia regulación para la función de compliance, donde se establece cómo se debe realizar, que estructura debe tener y cuales son las funciones que debe realizar, “libertad para la entidad a la hora de diseñar la función de cumplimiento hay poca”.

Para este compliance officer, “un elemento diferenciador es la presión regulatoria a la que nos hemos enfrentado en los últimos años, una ingente cantidad de nueva normativa, que es necesario conocer y que obliga a cambiar la forma de prestar los servicios financiero por las entidades, siendo la función de compliance esencial para entenderla y trasmitir la mejor forma de implementarla”. Al mismo tiempo la relación con el supervisor debe ser muy estrecha “tenemos que entender las expectativas del supervisor para gestionar de forma adecuada el riesgo  de supervisión e inspección. Esto aumenta la presión sobre la función de compliance  por encima de otros sectores”.

Desde este punto de partida,  el grupo de trabajo se plantean varios retos “El primero es, como ayudar a enfrentarnos a toda esta regulación, buscamos crear  un punto de encuentro que nos ayude a los Compliance Officer a entender la regulación que tenemos aplicar en nuestro día a día. El punto de partida es acercar al grupo de trabajo los cambios normativos más relevantes, en diferentes sesiones, normalmente ayudados por un experto en cada una de las materias, estudiamos y analizamos los cambios normativos mas importantes. A partir de ahí, el trabajo de  los miembros del grupo es ir aportando sus puntos de vista y analizar los riesgos que suponen estos cambios normativos”.

Sobre esta cuestión, Jesús Pindado recuerda lo importante que es contar con una formación adecuada para entender “que es la función de compliance y se capaz de conocer una normativa tan extensa”.

En cuanto al perfil de estos profesionales, se trata de “expertos que conocen muy bien tanto el negocio financiero como la regulación, quizás sea un perfil más sofisticado que en otras actividades económicas. Estamos hablando, además de un Project Manager, no olvidemos que la función de compliance está alineada con el  negocio y debe ayudarlo a implementar como se deben prestar los servicios de inversión, bancarios,.., en los nuevos entornos regulatorios.

Jesús Pindado, recuerda que el compliance officer en el sector financiero debe partir de un   enfoque de riesgos:  identificar, analizar y evaluar la existencia de cada riesgo en su entidad y ofrecer las mejores opciones para prevenirlos y en su caso mitigarlos. Al mismo tiempo, debe ser proactivo a la hora de desarrollar una cultura de compliance en la entidad”. Debe ser capaz de explicar que supone cada cambio en la regulación y su impacto en la entidad. En este entorno, la protección de los clientes es uno de los valores más importantes que determinan la actividad del compliance officer en el sector financiero.

Para este experto “hay que incorporar que el uso de herramientas tecnológicas, que  deben ayudar a las empresas  a mejorar su gestión de los riesgos y proteger la relación con sus clientes. Y al mismo tiempo, esas herramientas deben ayudar al compliance officer a realizar su trabajo de forma más eficaz. Es una relación cada vez más estrecha la que existe entre el compliance  y la tecnología”.

En su opinión “los profesionales que nos dedicamos a esta función tenemos la capacidad de movernos en entornos muy complicados, conocemos la función del compliance y hemos aprendido a impulsarla en entornos difíciles. Es un aval para trabajar en otros sectores donde Compliance está empezando y trasmitirles las mejores practicas de compliance”, aclara Pindado.

A diferencia de otros sectores la figura del compliance officer en las entidades financieras si que está regulada. Y recuerda que “de hecho, la función del compliance es obligatoria para las entidades financieras, esto implica, que ese marco normativo que se reclama para regular la figura del compliance officer, en nuestra actividad ya exista y queda delimitado por la citada normativa sectorial”.

Pero, señala, que un aspecto fundamental que está muy olvidado y sobre el que es necesario profundizar, “es definir la protección del compliance officer”. En un entorno tan complicado como en el que nos encontramos, el compliance es el eslabón más débil de la cadena. Es necesario, que para poder realizar su función con éxito, se le dote de una protección, ya sea por la propia empresa o por los supervisores: independencia, entrevistas de salida, información previa al supervisor,.. son aspectos que deberían ser considerados en las futuras normativas.

Sobre la última reforma penal que incluye nuevos delitos relacionados con la responsabilidad penal de las personas jurídicas, Jesús Pindado destaca que “nos afecta mucho en el sector financiero desde el punto de vista del desarrollo de los delitos vinculados con el abuso de mercado, se han desarrollado de forma importante estos delitos”, subraya.

Al mismo tiempo indica que “la reforma del Código Penal incluye una referencia a la consideración de empleados de instituciones financieras como un criterio que debe considerar el juez. Son cambios  relevantes y que debemos incorporar a nuestro mapa de riesgos y a la realización de nuestro trabajo”.

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