Formulario para solicitar el alta en ASCOM
Descubre las ventajas de asociarte
Actividades y Servicios
Adheridos
Socios Personas Físicas
Socios Personas Jurídicas
Recibir una sesión gratuita anual de formación a la alta dirección sobre Compliance
Organizar webinars gratuitos para socios de ASCOM
Mostrar el logo de la empresa con un enlace a su web corporativa en la página web de ASCOM
En algunas actividades, ampliar las ventajas reservadas a nuestros socios a otros empleados
Participar en las Asambleas de ASCOM con voz y voto
Ser electores y elegibles para los cargos directivos de ASCOM
Recibir ofertas de la Bolsa de Empleo de ASCOM
Optar al seguro colectivo de defensa penal y responsabilidad civil profesional de ASCOM
Obtener un bono anual gratuito de 10 sesiones de formación webinar/grabación del IECOM
Realizar aportaciones y participar en contestaciones de consultas públicas
Participar en los Grupos de Elaboración de Documentos de ASCOM
Participar en los Grupos de ASCOM
Utilizar los Sellos-logos de pertenencia a ASCOM
Obtener descuentos en las sesiones de formación que imparte ASCOM a través del IECOM
Obtener descuentos para la inscripción en el examen de las certificaciones CESCOM e iCECOM
Obtener descuentos en jornadas, congresos y seminarios de pago organizados por ASCOM
Obtener descuentos para la inscripción en el curso de Peritos Expertos en Compliance
Obtener descuentos para la inscripción en el Día del Compliance Officer
Obtener descuentos para la inscripción en el Congreso Compliance Under 35
Obtener descuentos para la inscripción en el IFCA International Compliance Congress
Obtener beneficios a través de convenios suscritos por ASCOM
Asistir de forma gratuita a los desayunos/webinars de socios de ASCOM
Acceder de forma gratuita a las grabaciones de las jornadas presenciales que organiza ASCOM
Obtener oportunidades de networking con profesionales del sector
Tener visión internacional a través de IFCA y ENFCO
Recibir la Newsletter de ASCOM
Publicar en el Blog y en los Podcasts de de ASCOM
✘
✘
✘
✘
✘
✘
✘
✘
✘
✘
✘
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✘
✘
✘
✘
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
✓
Cuotas anuales
Las cuotas anuales para formar parte de ASCOM son:
- SOCIO PERSONA FÍSICA: 120€ (*)
- SOCIO PERSONA JURÍDICA: 900€ (**)
- ADHERIDO: 100€
(*) El primer año la cuota será tan solo de 12€ (si tiene CESCOM o iCECOM actualizada) o de 24€ (si no tiene CESCOM o iCECOM).
(**) Esta cuota da derecho a que tres personas físicas de la organización se beneficien de las ventajas de los socios. En caso de que la persona jurídica desee incorporar a más de tres personas, su cuota se aumentará en 120 €/año por cada persona adicional.
Requisitos para asociarse
Los requisitos para formar parte de ASCOM son:
- Socios personas físicas: Acreditar experiencia profesional de, al menos, dos años en el desarrollo de la función de Compliance o bien tener la certificación CESCOM actualizada. Las funciones en Compliance pueden haber sido ejercidas desde distintos ámbitos, como, por ejemplo, prestando servicios externos de Compliance en el campo de la consultoría o del asesoramiento a empresas o realizando dichas funciones desde otro departamento dentro de la empresa.
- Socios personas jurídicas: La organización podrá designar a varias personas físicas para beneficiarse de las ventajas de los asociados y podrá cambiar a esas personas cuando lo estime oportuno (por ejemplo, si cambian de departamento o si salen de la compañía).
- Adheridos: Dirigido a las personas que no tengan suficiente experiencia en Compliance para ser socios. Los adheridos no podrán participar en las Asambleas con voz y voto ni ser electores y elegibles para los cargos directivos de la Asociación, pero están exentos de acreditar su experiencia profesional en el desarrollo de la función de Compliance y recibirán información y podrán participar en las actividades a las que sean invitados por la Junta Directiva.
Cualquier uso del logotipo de ASCOM y de los demás elementos de nuestra identidad corporativa por parte del asociado deberá ser autorizado previamente por la Junta Directiva de ASCOM.