#YoSoyASCOM. Anna Nuñez. Coordinadora compliance de Molins Defensa Penal

¿Qué razones personales o profesionales le llevaron a descubrir el mundo del compliance?, ¿Por qué optó por esta actividad profesional?

Desde el inicio de mi carrera profesional siempre me he dedicado al Derecho penal y, en concreto, al Derecho penal económico. En este contexto, seguía de cerca la responsabilidad penal de la persona hasta que, cuando entró en vigor la Ley Orgánica 1/2015, y se introdujo en el artículo 31 bis del Código Penal la posibilidad de exención de las personas jurídicas que tuvieran un modelo de organización y gestión y, además, se concretaba en el mismo artículo qué deben contener dichos modelos, quise especializarme absolutamente en esta materia y apostar por algo totalmente novedoso en España. En mi opinión, resulta apasionante optar por una actividad profesional que, sobre la base del Derecho y, en mi caso, del Derecho penal, abre un espacio de innovación que va mucho más allá del derecho y se concreta en la ética de los negocios.

Desde su experiencia profesional ¿Cuál es el papel que están llamados a desempeñar los abogados o consultores respecto a las funciones de compliance de las organizaciones? ¿Qué pueden aportar a sus clientes?

Desde mi experiencia profesional considero que el abogado o consultor externo aporta un papel fundamental para las organizaciones que quieran diseñar y/o implementar un Compliance. En primer lugar, una empresa que empiece con un proyecto de estas características necesitará de un profesional externo que asista  y ofrezca aquellas herramientas jurídicas para que la organización pueda disponer de un Compliance lo más ajustado posible a sus concretas características.

La figura del abogado externo puede ser de gran utilidad también para aquellas empresas que posteriormente quieran implementar el Compliance o necesiten asesoramiento, ya sea porqué requieren de un asesoramiento más técnico o porqué tienen designados a Compliance Officers que compatibilizan sus funciones con otras tareas en la organización.

Ahora bien, las empresas que tengan un órgano de cumplimiento exclusivamente dedicado a estas funciones también pueden necesitar del abogado o consultor externo en la medida en que éste último puede ser la persona más adecuada para, por ejemplo, valorar si una denuncia reviste carácter ilícito o no, asesorar sobre qué medidas tomar, asistir en el diseño de una estrategia procesal para la organización, asesorar al Compliance Officer en las tareas a realizar, etcétera.

¿Cómo ve la evolución del compliance en los próximos años?, ¿Qué espera del futuro en esta materia?

En mi opinión, la evolución del Compliance en España se está configurando como una manera de hacer negocios global que, si bien no es de obligado cumplimiento a tenor de lo establecido en el Código Penal, el mercado y la práctica están catalogando como imperativo. En este sentido, cada vez son más las empresas que, por ejemplo, requieren de un Compliance para acceder a financiación pública, a licitaciones, para contratar seguros D&O, e incluso para  contratar con compañías que ya están exigiendo el Compliance como premisa para establecer relaciones de negocio. 

¿Cómo se especializó en compliance?, ¿Qué utilidad tienen para usted certificaciones profesionales como CESCOM?

En mi caso, dispongo de dos cursos y un postgrado en materia de Compliance, un postgrado de derecho penal económico y un curso de blanqueo de capitales. Así mismo, desde marzo de 2017 dispongo de la Certificación de Compliance CESCOM.

En cuanto a esta última, y bajo mi experiencia, el simple hecho de preparar tal certificación es ya un camino de especialización en materia de Compliance que, posteriormente, puede concretarse con las formaciones que desde la asociación se van promoviendo de manera periódica.  En todo caso, la certificación CESCOM es un plus para todos aquellos profesionales que deseen especializarse o ampliar sus conocimientos en Compliance.

¿Están suficientemente protegidos los Compliance Officer en las organizaciones?, ¿Cree que el Compliance officer debe tener un estatuto jurídico propio?, ¿qué le pediría al legislador, en esta materia?

En cuanto a la primera cuestión, y bajo mi punto de vista, los Compliance Officer de las organizaciones no están, a día de hoy, suficientemente protegidos en materia de responsabilidad penal. Si bien no es objeto de esta entrevista entrar a valorar su posible responsabilidad, merece la pena reseñar algunos de los principales problemas que puede encontrarse en una compañía, y que le sitúan en una posición vulnerable: (1) falta de autonomía; (2) encuadre orgánico por debajo del Órgano de Administración; (3) falta de recursos; (4) falta de sensibilidad en materia de cumplimiento por parte del Órgano de Administración y/o Alta Dirección,  entre otros.

Ahora bien, es importante atender a cada caso concreto y analizar qué funciones y responsabilidades asume el Compliance Officer en la organización.

En cuanto a la segunda y tercera cuestión, entiendo que sí, sería muy beneficioso que el Compliance Officer pudiera disponer de un estatuto jurídico propio y que la profesión se regularice. En este contexto, la regularización del estatuto profesional del Compliance Officer sería necesaria ateniendo a las funciones desempeñadas, responsabilidades asumidas y materia tratada. Véase por ejemplo la posición y peso que ostenta el Compliance Officer –y en general el Compliance- en compañías anglosajonas.

¿Qué le ha aportado formar parte de ASCOM como asociado?, ¿Qué espera de ASCOM en los próximos años?

En mi caso, como asociada de ASCOM y miembro de la Junta de territorial de Cataluña, me ha aportado, en primer lugar, tener la oportunidad de conocer muchos profesionales que, también apasionados en la materia, están relacionados con el mundo del Compliance desde diferentes perspectivas y posiciones (técnicos, ingenieros, expertos en nuevas tecnologías, expertos en materias concretas que inciden en materia de cumplimiento, Compliance Officers, etcétera). Así mismo, celebro que la asociación se preocupe y promueva la formación continua de todos los asociados de manera amplia y para todos los perfiles y niveles de profesionales que nos dedicamos al Compliance.

¿Qué espero en los próximos años? Que la asociación siga creciendo con profesionales de distintos perfiles e inquietudes y, por supuesto, que todos los profesionales asociados podamos seguir disfrutando de la formación especializada que, con esfuerzo y cariño, se organiza periódicamente para todos nosotros.

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